lunes, 23 de enero de 2012

El territorio irredento de Puerto Rico (3)


Las lineas de base archipelágicas del del Estado Libre Asociado Archipelagico de Puerto Rico

CONVEMAR explica como se traza la linea de base archipelágica.  A saber: Para los efectos de esta Convención Parte IV,  específicamente de su  Art47 sobre Lineas de base archipelágcas
¨1. Los Estados archipelágicos podrán trazar líneas de base archipelágicas rectas que unan los puntos extremos de las islas y losarrecifes emergentes más alejados del archipiélago, a condición de que
dentro de tales líneas de base queden comprendidas las principales islas y un área en la que la relación entre la superficie marítima y la superficieterrestre, incluidos los atolones, sea entre 1 a 1 y 9 a 1.
2. La longitud de tales líneas de base no excederá de 100 millasmarinas; no obstante, hasta un 3 % del número total de líneas de base que encierren un archipiélago podrá exceder de esa longitud, hasta un máximo de 125 millas marinas.
3. El trazado de tales líneas de base no se desviará apreciablemente de la configuración general del archipiélago.
4. Tales líneas de base no se trazarán hacia elevaciones que emerjan en bajamar, ni a partir de éstas, a menos que se hayan construidoen ellas faros o instalaciones análogas que estén permanentemente sobre el nivel del mar, o que la elevación que emerja en bajamar esté situada total o parcialmente a una distancia de la isla más próxima que no exceda de la
anchura del mar territorial.
5. Los Estados archipelágicos no aplicarán el sistema de tales líneas de base de forma que aísle de la alta mar o de la zona económica exclusiva el mar territorial de otro Estado.
6. Si una parte de las aguas archipelágicas de un Estado archipelágico estuviere situada entre dos partes de un Estado vecino inmediatamente adyacente, se mantendrán y respetarán los derechos
existentes y cualesquiera otros intereses legítimos que este último Estado haya ejercido tradicionalmente en tales aguas y todos los derechos estipulados en acuerdos entre ambos Estados.
7. A los efectos de calcular la relación entre agua y tierra a que se refiere el párrafo 1, las superficies terrestres podrán incluir aguas situadas en el interior de las cadenas de arrecifes de islas y atolones,
incluida la parte acantilada de una plataforma oceánica que esté encerrada o casi encerrada por una cadena de islas calcáreas y de arrecifes emergentes situados en el perímetro de la plataforma.
8. Las líneas de base trazadas de conformidad con este artículo figurarán en cartas a escala o escalas adecuadas para precisar su ubicación. Esas cartas podrán ser sustituidas por listas de coordenadas geográficas de puntos en cada una de las cuales se indique específicamente el datum
geodésico.
9. Los Estados archipelágicos darán la debida publicidad a tales cartas o listas de coordenadas geográficas y depositarán un ejemplar de cada una de ellas en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.¨

Hoy por hoy, esas aguas no son nuestras, le pertenecen a los Estados Unidos de América. Ni siquiera forman parte de lo que nos toca por la ley 600, porque las líneas de base usadas fueron las que Estados Unidos y el Reino Unido respectivamente acordaron como puntos de partida desde donde demarcar la frontera entre Islas Vírgenes de Estados Unidos e Islas Vírgenes Británicas, o sea entre las colonias americanas y las inglesas. Puerto Rico, junto con Islas Vírgenes de EE.UU., quedan del lado americano de esa línea que marca las aguas de jurisdicción estadounidense, su Zona Económica ExclusivaEsa es la frontera entre Estados Unidos y el Reino Unido en el Mar Caribe. Entre Islas Vírgenes de Estados Unidos y Puerto Rico no hay demarcación alguna porque ambas son colonias de Estados Unidos y entre ellas no hay aguas fronterizas que valgan salvo las diga Washington.
Dentro de esa frontera, entre Estados Unidos y el Reino Unido, las aguas marinas, el fondo marino y la bóveda aérea son de jurisdicción plena de Estados Unidos, ni Islas Vírgenes ni Puerto Rico tienen voz ni voto, ni derivan beneficios reales de su explotación. 
Al Occidente de nuestra isla, se da una situación aún más extraña: no existe frontera alguna acordada entre la República Dominicana y Estados Unidos. Lo que hace las veces de frontera es un acuerdo sobrentendido de que sea la línea media entre los dos países la que corre entre La Altagracia y la Isla de Baraona de la República y la Isla de la Mona, ubicada al oeste de Puerto Rico y perteneciente a la municipalidad de Mayagüez. Aunque la Mona se encuentra más cerca de República Dominicana, pertenece al archipiélago de Puerto Rico.
Del otro lado de la frontera están nuestros vecinos colindantes: República Dominicana al Oeste, a Levante, Islas Vírgenes de Estados Unidos e Islas Vírgenes Británica; al Sur Venezuela, y el Reino de los Países Bajos, y al Norte, un cono de truncado de acceso a Alta mar, aunque truncado de unirse  al  resto del continente por la presencia del Archipiélago de las Bahamas, un estado soberano constituyente  de la Mancomunidad de Naciones y miembro de la ONU.    
Que ocurriría en aquellos tramos donde las fronteras actuales las han acordado tácitamente República Dominicana y Estados Unidos, o por Tratado, Estados Unidos con Venezuela, El Reino Unido y el Reino de los Países Bajos, no voy a especular; pero en casos análogos la costumbre ha sido que, no mediando circunstancias especiales, hay meramente una transferencia del Estado cedente, al Estado adquirente de las fronteras marítimas. En cualquier caso, si se diera una transferencia de jurisdicción marítima entre Estados Unidos y Puerto Rico, una cosa es indiscutible: ¡Estados Unidos perdería el control indiscutido de aquella porción de su Zona Económica en el Caribe y en el Atlántico que ahora goza por obra y gracia de su actual relación con Puerto Rico!
Si somos avezados, y flexibles, podemos también aprovechar el tiempo que duren las negociaciones para lograr lo que hoy nos falta – el grado de autosuficiencia agrícola y comercial e industrial que haga de la autodeterminación que tanto anhelamos, un logro real económico y político; pero que, dada la ineptitud (no quisiera creer que planificada) del gobierno, va precisamente en retroceso en esos tres renglones, en vez de alivio, está abocado a ser, no meramente un pesado fardo socio económico para el pueblo que lo hunde cada día más en la pobreza y la dependencia en las dadivas Congresionales.
En nuestro atractivo como destino turístico, nada más, la definición de nuestro territorio marítimo sería una bonanza, añadiéndole toda una nueva dimensión tanto recreativa, como ecoturística.  Pero, mientras nuestras aguas internas sean solo las que las leyes federales nos permiten, y no las que en derecho internacional nos corresponden, estas quedarán truncas como también nuestras industrias pesquera, avícolas y de ganadería que ya está en peligro de extinción a la par que el resto de la industria agrícola.
No va a ser fácil y sí va a ser prolongado pues en la cuenca del Caribe ya no queda Alta Mar, solo un rompecabezas de Zonas Económicas Exclusivas. La más extensa de ellas es la que Estados Unidos reclama para sí, a pesar de no tener ni un metro de litoral caribeño que le sea propio. Ese reclamo lo puede hacer únicamente amparándose en la presencia de sus dos colonias archipelágicas: Puerto Rico e Islas Vírgenes. ¿Es eso justo? ¡Claro que no¡  Eso, precisamente, es nuestro reclamo: ¡Remediemos esa injusticia! Pero acordémonos que hay otra parte y que ella tendrá sus propios reclamos que también hay que satisfacer ¡sin claudicar a los nuestros! ¡En eso consiste el arte de la Diplomacia!
Finalmente, la extensión de nuestras aguas, tanto internas como externas podría generar una cantidad de empleos adicionales al requerir un cuerpo guardacostas criollo. Estas no son musa-rañas; son realidades que Puerto Rico no puede pasar por alto, y que están a nuestro alcance si nos atrevemos. Esas extensiones de nuestro litoral marino comienzan, como dije con el trazado de las líneas de base que han de circunvalar el Archipiélago puertorriqueño y establecer cuáles son las aguas internas o archipelágicas de Puerto Rico. 
Esa sería nuestra frontera nacional. Es allende ésa línea que se medirían las extensiones de nuestro mar territorial, nuestra zona contigua, nuestra zona económica exclusiva, y nuestra plataforma continental; todas ellas bajo nuestra bóveda aérea nacional.

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